El pasado 19 de noviembre, se otorgó la media sanción
en la Honorable Cámara de Diputados y Senado de La Nación un proyecto de Ley
Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo.
El objetivo central de esta ley es, la inclusión social e integración colectiva a través de la promoción, fortalecimiento y desarrollo de los clubes de barrio y de pueblo mediante la asistencia y colaboración, con el fin de fortalecer su rol comunitario y social.
La Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación, es la autoridad encargada de que esta Ley se
aplique, por supuesto que previo a identificar y clasificar a cada club de
barrio y de pueblo, resguardar a los mismos y proteger el derecho de todos
quienes practiquen deporte o realicen actividades culturales en sus
instalaciones.
Además, habrá asignación de fondos, el procedimiento de
asignación y control de fondos para el régimen instituido será reglamentado por
la autoridad de aplicación de la presente Ley. También recibirán sanciones los
dirigentes que no cumplan con el uso debido de dichos fondos.
Uno de los beneficios que la entidad inscrita tendrá es
la tarifa social básica de servicios públicos. A su vez existirá lo que se
denomina: Inembargabilidad. Los bienes inmuebles que estén afectados a los
fines deportivos, recreativos y sociales que sean propiedad de los clubes no serán susceptibles de ejecución o embargo
por deudas posteriores a su inscripción como tales, con excepción
de las obligaciones provenientes de impuestos o tasas que graven directamente a
los mismos.
Se invita a las provincias a adherir a la presente Ley 26.069.
Desde La Confederación de Deportes de la Provincia de Córdoba, felicitamos la iniciativa de la gestión de la media sanción par ale Ley régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo.
Vía Prensa CDPC
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